
CUMPLIMIENTO DE MANDAMIENTO JUDICIAL
En el día de la fecha, esta Jefatura Departamental San Salvador, procedió a dar cumplimiento a Oficio emanado de la ciudad de Concordia por disposición de la Dra. FIORELLA CRACCO – Sub Director de OGA -, obedeciendo a causa en trámite “COMERCIO DE ESTUFEFACIENTES”.
Por consiguiente, se procedió a efectivizar el inmediato traslado a la Alcaidía de la ciudad de Concordia de la persona indicada en autos, la cual residía en esta ciudad de San Salvador mediante mandamiento Judicial en calle Hipólito Irigoyen con modalidad de Prisión Domiciliaria.
Una vez efectivizado el traslado, dicha persona queda alojada en Alcaidía de la ciudad de Concordia, a dispersión del Juzgado de Garantías Nro. 4 supeditado a la causa Judicial.
CRIA. DE MINORIDAD Y VIOLENCIA FAMILIAR
Aprehensión por incumplimiento judicial.
Siendo las 18:10hs aproximadamente personal de esta Jefatura Departamental San Salvador, Cria. De Minoridad y Violencia Familiar, se dirige a calle Teniente Gutiérrez por un inconveniente en proceso.
Al momento de descender el personal policial de la patrulla, se percata que el ciudadano mayor de edad presente en el domicilio tendría medidas inhibitorias ordenadas mediante mandamiento judicial, es así que de inmediato se pone en conocimiento a la Fiscalia en Turno motivo de que el ciudadano presente tendría domicilio en calle 9 de Julio de esta ciudad, violando así lo dispuesto por el citado mandamiento Judicial.
Ante tal situación la Fiscalia en turno ordena la aprehensión de no solo del hombre, sino que también de la dueña de casa, quien también se encontraría vulnerando el mandamiento.
Prosiguiendo con los protocolos de rigor dichas personas son examinadas por el Galeno de Turno, recuperando la libertad la ciudadana dueña del inmueble de calle Teniente Gutiérrez por prescripción médica, mientras que el ciudadano con domicilio en calle 9 de Julio es alojado en estas Instalaciones de Departamental San Salvador supeditado a la causa en trámite por la Fiscalia local en Turno.












