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Derogan decreto sobre ingreso de extranjeros con antecedentes

marzo 5, 2021
La medida fue publicada en el Boletín Oficial y afirma que aquella modificación no mostró “mejoras ponderables” ni es “conciliable con la Constitución”.
Mediante el decreto 138/2021 publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno decidió derogar los cambios que la administración de Mauricio Macri había aplicado en la ley migratoria y que implicaban controles más estrictos para la entrada de delincuentes extranjeros y la agilización de trámites de expulsión de inmigrantes que tuvieran antecedentes penales.
“Se observan diversos aspectos de fondo en dicho decreto que resultan irreconciliables con nuestra Constitución Nacional y con el sistema internacional de protección de los derechos humanos, entre los que cabe mencionar: la violación al principio del debido proceso, al derecho a contar con asistencia y defensa legal, la restricción a un control amplio y suficiente del poder judicial sobre los actos de la autoridad administrativa, la amplitud con la que se prevé la retención preventiva del y de la migrante sin definir las causas que la habilitan”, señala el decreto en uno de los primeros considerandos al explicar el por qué de la decisión.

Esta medida deja sin efecto el decreto 70/2017 firmado por Macri, que acortaba los tiempos para definir la expulsión de un extranjero con antecedentes penales. Esa misma norma también instituía condiciones más rígidas en relación con las causas que podían impedir el ingreso y permanencia de extranjeros en la Argentina cuando estuvieron condenados o contaran con antecedentes penales.

En el documento publicado este viernes, el Gobierno afirman que aquella iniciativa de Macri no mostró “mejoras ponderables”.

“Cabe mencionar la violación al principio del debido proceso, al derecho a contar con asistencia y defensa legal, la restricción a un control amplio y suficiente del poder judicial sobre los actos de la autoridad administrativa, la amplitud con la que se prevé la retención preventiva del y de la migrante sin definir las causas que la habilitan y la restricción a los derechos de reunificación familiar y dispensa por razones humanitarias”, agregaron.

Qué decía uno de los puntos de los decretos de Macri

El inciso C del artículo 29 establecía uno de los obstáculos para que los extranjeros con algún tipo de antecedente penal pudieran permanecer en el país. Allí, se hablaba de “haber sido condenado o estar cumpliendo condena, en la Argentina o en el exterior, o tener antecedentes por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas o delito que merezca para la legislación argentina pena privativa de la libertad de tres años o más”.