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El juez de Faltas, concejales y funcionarios debaten proyecto de reforma de la ordenanza de espectáculos públicos

noviembre 27, 2018

Durante una reunión realizada ayer, representantes de distintas áreas involucradas en la temática debatieron aspectos del proyecto de reforma de la ordenanza de espectáculos públicos, que básicamente introduce modificaciones en lo vinculado al nivel de sonidos permitidos a los locales habilitados, a fin de evitar perturbaciones y ruidos molestos a los vecinos.

Del encuentro participaron el juez de Faltas Daniel Zabala; el presidente del Concejo Deliberante, Raúl De Bernardi; la jefa de Inspecciones del municipio, Luciana Silva; y los concejales Susana Pérez, Juan Cosso, Horacio Jaime y Juan Vela.

El objetivo de la reunión fue analizar el proyecto elevado por el ejecutivo para reformar la ordenanza sobre la realización de espectáculos públicos, que busca compatibilizar la actividad de clubes y otros organizadores de espectáculos con los derechos de los vecinos a no sufrir ruidos molestos.

El proyecto está en manos del concejo deliberante, que está buscando elementos de consenso para diseñar una norma que mejore la actual y salvaguarde los derechos de ambas partes.

EL PROYECTO

El departamento ejecutivo municipal remitió al concejo deliberante un proyecto que en líneas generales reduce los límites permitidos de emisión de sonidos y establecer claramente qué días se pueden realizar esos eventos.

La iniciativa tiene tres artículos e introduce cambios en la ordenanza 1218/11 y su modificatoria  1351/14, donde está contenido el marco regulatorio local para la realización de fiestas y eventos. Concretamente, en el artículo 1 de la propuesta elevada por el DEM se proponen las siguientes modificaciones:

“Incorpórase al artículo 27 el siguiente párrafo: salvo disposición especial, el límite máximo en decibeles será el siguiente:

INTERIOR:

  1. a) 85 decibeles para los locales que cuenten con un sistema de aislación acústica certificada por el área de Inspecciones del municipio.
  2. b) 70 decibeles para aquellos locales que no cuenten con sistema de aislación acústica.

EXTERIOR: en ningún caso se podrán superar los 50 decibeles.

En otro plano, el proyecto suprime el inciso C del artículo 42 de la vieja ordenanza y modifica también el artículo 71, que quedaría redactado de la siguiente forma:

“Los días y horarios para la realización de espectáculos y diversiones varias en este tipo de locales serán los siguientes: viernes, sábados y vísperas de feriados o días no laborables, desde las 22 hasta las 7 del día siguiente”.

También se precisa allí que, “atendiendo a las características de la reunión que se trate y a las condiciones de ubicación del local donde se realice, el DEM a solicitud del responsable del local y/ del/los interesados podrá extender el día y horario establecidos mediante resolución fundada”.