
El departamento ejecutivo municipal envió esta semana al concejo deliberante una iniciativa que busca establecer un régimen de padrinazgo de espacios públicos por parte de instituciones y empresas, con el objetivo de promover la participación de la sociedad en el cuidado y mantenimiento de los parques, plazas y otros ámbitos comunitarios de la ciudad.La iniciativa, que cuenta con 13 artículos, dispone la creación del régimen de “padrinazgo voluntario y gratuito de espacios verdes, a fin de llevar adelante la construcción, preservación, parquización, cuidado, limpieza y mantenimiento de parques, plazas y demás espacios públicos de la ciudad”.Asimismo, autoriza al ejecutivo a suscribir los convenios pertinentes con “personas físicas y/o jurídicas que asuman el padrinazgo de espacios públicos”, quienes tendrán la obligación de “asumir formalmente el costo y las tareas” necesarias para alcanzar el mantenimiento de los sitios a su cargo.Quienes asuman esa responsabilidad recibirán de parte de la municipalidad el “título honorífico de Padrino, del espacio público respectivo”. Además, la comuna deberá colocar un cartel en el que se exhiba el nombre del espacio y de su padrino.El proyecto de ordenanza contempla que los convenios de colaboración no podrán tener un plazo mayor de un año, lapso que podrá prorrogarse, ad referéndum del concejo deliberante.En tanto, si existiera más de una propuesta para un espacio, el ejecutivo “dará preferencia a aquella que resulte más ventajosa en cuanto al mantenimiento, aporte de elementos, realce, embellecimiento y seguridad de dichos espacios”.Por otra parte, el proyecto contempla que la municipalidad “promoverá la difusión” del programa de padrinazgo y la celebración de convenios en todos los barrios de la ciudad, al tiempo que difundirá en su página web la nómina de empresas o instituciones que actúen como padrinos.La iniciativa contempla también que “durante el ejercicio del padrinazgo, tanto la empresa o institución como la municipalidad, podrán ejercer de pleno derecho rescisión del convenio, debiendo notificar a la contraparte mediante medio fehaciente, con una antelación no menor a 15 días”.












