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Senado dio media sanción al nuevo régimen de licencias

diciembre 2, 2023

Se aprobó este miércoles el proyecto de ley que propone ampliar las licencias por maternidad y nacimiento para agentes del Estado provincial.

La Cámara de Senadores de Entre Ríos otorgó media sanción este miércoles a un proyecto de ley que amplía las licencias por maternidad y nacimiento de las que gozan los empleados y empleadas del Estado provincial. El objetivo de la norma es modificar un “régimen completamente arcaico y desactualizado”, según definió la autora de la iniciativa, la legisladora por Nogoyá Flavia Maidana.

“El propósito de esta ley es intentar que las tareas de cuidado sean distribuidas equitativamente entre personas gestantes y no gestantes”, dijo la senadora, y agregó que “no se trata de una ampliación de derechos únicamente para las mujeres, sino también para aquellos varones que sientan la necesidad de involucrarse en esta hermosa tarea de cuidado”.

Maidana remarcó que actualmente la persona no gestante tiene solo dos días hábiles de licencia por nacimiento, lo cual “no alcanza ni siquiera para hacer un trámite”. Luego destacó que el proyecto es “un pequeño paso hacia la igualdad de derechos” y agradeció a la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) que “viene impulsando y militando esta temática hace muchos años”.

Entre las licencias contempladas en la propuesta legislativa se encuentran las que refieren a la adopción, así como los permisos por lactancia, que se amplían a dos horas por día durante un año y medio.

Las licencias

El texto aprobado este miércoles propone para la licencia prenatal: “La persona gestante gozará de 45 días corridos previos al nacimiento; pudiendo optar, con prescripción médica, por 30 días corridos previos al nacimiento, computándose los 15 días restantes como licencia postnatal; o 15 días previos al nacimiento, computándose los 30 días restantes como licencia postnatal”.

Además prevé como licencia postnatal por maternidad o por alumbramiento, que la persona gestante gozará de 75 días corridos de licencia desde la fecha de alumbramiento.

Cualquiera sea la opción elegida, deberá gozar de un total de 120 días corridos de licencia por maternidad o alumbramiento.

En tanto, la persona progenitora no gestante gozará de 20 días corridos de licencia por nacimiento, posteriores al mismo, con goce de haberes.

En caso de nacimientos o alumbramientos múltiples, prematuros o nacidos con patología crónica, la licencia será de 180 días corridos con goce de haberes y la licencia correspondiente a la persona no gestante será de 30 días corridos, con goce de haberes.

Licencia por adopción

Según la iniciativa, las trabajadoras y los trabajadores que lleven adelante procesos de adopción gozarán de las siguientes licencias: una de las personas adoptantes, de forma indistinta, contará con 90 días corridos, a partir de la fecha del otorgamiento de la guarda por adopción; la otra persona adoptante contará con 20 días corridos, a partir de la fecha del otorgamiento de la guarda por adopción.

Lactancia

En cuanto al permiso de lactancia y/o alimentación, se establece que “toda persona gestante dispondrá de dos permisos de lactancia y/o alimentación diarios para amamantar y/o alimentar a su hija o hijo, o bien para la extracción de leche durante su jornada de trabajo”. Esos permisos tendrán una duración de una hora cada uno, y se extenderán por un período de 18 meses desde la fecha de nacimiento, salvo que por razones médicas fuese necesario prolongar la lactancia y/o alimentación por un período superior.

“La persona gestante podrá hacer uso de estos permisos al comenzar o finalizar la jornada laboral, pudiendo ingresar dos horas después o retirarse dos horas antes; informando al empleador la modalidad de permiso elegida con al menos 15 días de anticipación. Los mismos derechos le asisten a la persona adoptante que recibiera en guarda con fines de adopción a un lactante. En el supuesto de co-adoptantes este derecho podrá ser ejercido por uno solo de ellos”, dice el proyecto.